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SD 87.840 – Causa 34.122/09 – “Lugones Karina Gimena c/ Sistema Nacional de Medios Publicos Soc. de Estado s/ despido” – CNTRAB – SALA I – 29/06/2012
MODALIDADES DEL CONTRATO DE TRABAJO. CONTRATO A PLAZO FIJO. Renovación de “contratos a plazo fijo” en forma sucesiva. Existencia de razones válidas para dichas renovaciones. Emisión de programa televisión –"Saludarnos”– en canal público. Voluntad del Ministerio de Salud. Información sobre temas relacionados a la “salud pública”. Programa destinado a la comunidad. Labores de la trabajadora que estaban vinculadas exclusivamente al programa en cuestión. Ausencia de exceso de las exigencias estipuladas en la norma –Art. 90, inc. b), de la Ley 20744–. CUMPLIMIENTO DE LAS EXIGENCIAS PREVISTAS POR LA LCT PARA ESTE TIPO DE CONTRATACIÓN. Justificación objetiva y consenso de las partes
Citar: elDial.com - AA78F8
Publicado el 05/09/2012
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Términos mencionados en este fallo: programa, contrato, saludarnos, renovación, contratos, sucesiva, voluntad, ministerio, información, exclusivamente.